Contrato de Aprendizaje
Contrato de Aprendizaje
¿Qué es el Contrato de Aprendizaje?
El contrato de aprendizaje es definido como un acuerdo entre el
estudiante y el profesor, una negociación que ocurre durante la experiencia del
aprendizaje. Por lo tanto, el contrato de aprendizaje requiere el
comportamiento de las expectativas y objetivos entre el estudiante y el
docente.
En el contrato de aprendizaje se detalla lo que el estudiante quiere
aprender, y también se define cómo y en qué tiempo será cumplido, se indica la
demostración de cómo los objetivos se cumplirán y cómo éstos serán evaluados.
El contrato de aprendizaje facilita la autodirección, la cual permite al
estudiante combinar los requisitos de un curso con sus propios objetivos
individuales y estilo de aprendizaje; por ello es la principal herramienta para
el autoaprendizaje. Este contrato también permite aprender de acuerdo con las
diferencias individuales, facilitar el progreso del estudiante según su propio
ritmo, decidir y buscar los recursos necesarios y mejorar las habilidades de autoevaluación
y autodirección.
Con el contrato de aprendizaje el estudiante tiene la oportunidad de exponer el desarrollo de su plan de aprendizaje y discutirlo con el docente, para asegurar que la valoración de éste corresponda con exactitud al nivel de competencia y a sus objetivos, los que deben ser planteados en forma realista.
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¿Qué funciones cumple el Contrato de Aprendizaje?
Los contratos de aprendizaje otorgan ciertos beneficios al aplicarlos, porque cumplen con los siguientes condiciones:
- Relevancia: Cuando los estudiantes han identificado sus propias necesidades, las actividades se vuelven con toda probabilidad más significativas, relevantes e interesantes para ellos. Los contratos reconcilian las necesidades e intereses de los alumnos.
- Autonomía: Los contratos de aprendizaje permiten una considerable libertad para elegir qué aprender y cómo aprenderlo.
- Estructura: Proporciona un esquema formal conocido y compartido por profesores y alumnos para estructurar las actividades de aprendizaje. Al mismo tiempo proporcionan un alto grado de flexibilidad.
- Equidad: Se entiende como diversidad de contenidos y procesos, no como oferta educativa igual para todos. Los contratos capacitan a los profesores a responder a las necesidades diversas de un amplio rango de estudiantes. Facilitan el acceso a los contextos y la equidad dentro de los cursos.
Además son muy
útiles con asignaturas basadas en competencias, en las estancias de prácticas,
cuando los alumnos trabajan, como medio de combinar o sustituir la
presencialidad, etc.
Los contratos
pueden ser utilizados para las siguientes finalidades educativas:
- Promover la autonomía y responsabilidad del alumno.
- Incrementar la motivación e implicación del alumno en su propio aprendizaje (toma de decisiones).
- Estimular la actividad del alumno en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
- Atender a las características personales de cada alumno/a: responder a las necesidades, intereses, etc. del alumno como individuo.
- Dirigir académicamente el trabajo independiente del alumno.
- “Democratizar” la educación, promoviendo procesos de negociación y participación del alumno en el proceso de la docencia: desde el establecimiento de los objetivos y contenidos a la evaluación.
- Promover la capacidad de autoevaluación y pensamiento crítico del alumno. Especialmente se estimula la capacidad de autorreflexión sobre el propio aprendizaje.
Al suscribir un contrato de aprendizaje con los estudiantes, se deben observar y aplicar los siguientes principios:
Contrato de aprendizaje de Elena ArreazaProceso de elaboración
Los contratos de aprendizaje no son
sólo una técnica para ayudar al alumno a aprender, son sobre todo, una forma de
entender la educación. El uso del contrato implica dotarse de un currículo al
servicio de la autonomía y por tanto hay que reconsiderar las mismas decisiones
que se toman al planificar la propuesta docente:
- Objetivos: Precisar la finalidad que se persigue con el uso del contrato.
- Metodología: Decidir qué aspectos de la docencia van a ser negociables por el alumno y como se va a usar el contrato: ¿Qué aprender? ¿Cómo aprender? ¿Cómo demostrar que se ha aprendido? ¿Cómo evaluar la calidad del aprendizaje?
- Evaluación: Decidir que evidencias o producciones del alumno demostraran que se han alcanzado los objetivos de aprendizaje a negociar (informes, resúmenes, comentarios, guiones, artículos, demostraciones, etc.)
- Recursos: Seleccionar los recursos didácticos y de apoyo que se van a ofrecer a los alumnos para facilitar su aprendizaje autónomo.
Otros elementos para tener en cuenta
al elaborar y prepararse para usar esta metodología son:
- Organización de la docencia y sesiones de aula: estimar la conveniencia de sustituir clases “expositivas” presenciales por sesiones de tutorización y seguimiento del trabajo autónomo.
- El temario de contenidos: puede derivarse la necesidad y conveniencia de eliminar contenidos del temario o de las clases presenciales, ya que van a ser trabajados autónomamente.
- La evaluación del rendimiento del alumno: el contrato implica un seguimiento que posibilita una buena evaluación continua o de proceso del aprendizaje, por lo que puede plantearse eliminar evaluaciones finales o reducir notoriamente su peso en la calificación a favor del trabajo demostrado por el alumno.
- Alternativas de evaluación y aprendizaje: el contrato es conveniente ofrecerlo como opcional y prever una docencia alternativa más tradicional para aquellos alumnos que no quieran participar de esta nueva metodología (por ejemplo, asistir a cierta cantidad de clases expositivas, estudiar manuales, hacer unas prácticas y presentarse al examen final oficial). La práctica habitual suele ser que casi el 100% de los alumnos aceptan la propuesta de contratos (si tiene efectos claros sobre la superación de la asignatura), ya que incluso favorece a los alumnos que no pueden asistir a clase (al negociar actividades autónomas).
- Elaborar un modelo-ficha de contrato general: los contratos se elaboran expresamente para cada situación particular y lo mejor es partir de algún modelo concreto. En esta misma ficha incluimos un modelo de posible contrato para orientar y ejemplificar la técnica e incluimos bibliografía en la que se pueden consultar otras alternativas/modelos de posibles contratos
Cómo implementar el Contrato de Aprendizaje
Fase 1: Informar al alumno. A
principio del curso el profesor presenta los objetivos generales de la asignatura
y la planificación docente, con descripción detallada de esta metodología.
Fase 2: Diagnóstico inicial de la
situación de partida del alumno. Facilitar que el alumno analice e identifique
su situación de partida en cuanto a aprendizaje, necesidades, intereses,
motivaciones, competencias, etc.
Fase 3: Negociación del contrato y
orientación del aprendizaje. Entrevista cara a cara profesor y alumno para
acordar los diferentes elementos del contrato. El contrato debe ser
individualizado pero a la vez garantizar que cumple con los requisitos u objetivos
generales básicos de la asignatura y que sea realista. La negociación está
presente durante todas las fases. Se pueden elaborar diferentes revisiones del
mismo.
Fase 4: Formulación o protocolización
del contrato. Se pueden utilizar diferentes protocolos, en los que se puede
explicitar en mayor o menor medida la siguiente información: objetivos
específicos que se quiere alcanzar; actividades de aprendizaje que se van a
ejecutar para alcanzar los objetivos; recursos y estrategias; criterios para
valorar las evidencias o productos; calendario de las actividades y tareas y
momentos de revisión con el profesor; nivel de aspiración y motivación del
alumno.
Fase 5: Ejecución del contrato. El
alumno lleva a la práctica el proyecto de aprendizaje acordado. La ejecución puede
ser paralela al proceso de negociación y convivir con formas de pre-contratos.
Fase 6: Evaluación del trabajo
realizado. Obviamente pueden evaluarse los logros parciales y a la evaluación puede
contribuir el propio alumno, mediante una autoevaluación. El contrato puede
renovarse y cambiarse a lo largo de la vigencia del mismo con el acuerdo mutuo
de las partes.
Referencias
- García Bacete, F., & Fortea Bagán, M. (2006). Ficha metodológica. Universitat Jaume I. España.
- Niedmann, C., & Pretty, M. I. (1993). El contrato de aprendizaje: Un instrumento para el autoaprendizaje. Investigación y Educación en enfermería, 11(1), 101-109.
Me parece interesante que en esta metodología es importante tener siempre presente los objetivos que se desea alcanzar, lo excelente de este tipo de aprendizaje es que uno mismo desea lo que se quiere estudiar y se impone metas siempre guiado por un instructor
ResponderBorrarEsta forma de abordar el proceso de enseñanza aprendizaje me parece interesante. Al hacer está negociación con los estudiantes hay que dejar claros todos los puntos e ir verificando frecuente el cumplimiento que estemos dando a los mismos e ir midiendo el progreso de los alumnos para que se convierta en una herramienta efectiva.
ResponderBorrarInteresante abordaje sobre todo en un medio educativo como el de nuestro país donde el centro de estudios decide todo el currículo de los cursos sin tomar en cuenta las expectativas de los estudiantes
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